La sentencia establece igualmente un régimen de custodia alternativo a favor de la madre sobre ambos hijos en caso de que los abuelos rehusaran hacerse cargo de su cuidado y educación.
Entre las tinieblas y la desesperación de esos años de la guerra, muchos de nuestros padres y abuelos se vieron envueltos en las llamas del odio y se perdieron para siempre.
En general, estas relaciones consisten en una combinación de madre, padre, hermanos, abuelos y otros miembros de la familia ampliada, junto con cuidadores profesionales especializados en la atención y educación del niño.
Según la autora esta decisión resulta sorprendente si se tiene en cuenta que la custodia en favor de los abuelos nunca fue solicitada, pues el padre la había solicitado para sí mismo.
Por otro lado, se había atribuido la guardia y custodia a los abuelos sin haber sido solicitada por el padre y sin que esta solución hubiera sido sometida a ningún tipo de contradicción.
No existía motivo alguno para transferir la custodia del niño a los abuelos paternos y privarlo así de la compañía de su madre, persona con quien convivía habitualmente y que cuidaba de él en perfectas condiciones.
Primero, porque la sentencia de primera instancia es incongruente con la demanda, ya que el padre había solicitado la custodia de ambos hijos para él mientras que la sentencia se la atribuye a los abuelos paternos.