Los tres supuestos de prohibición se regían por el apartado a) del artículo 19, y era exactamente esa constatación que enunciaba el proyecto de directriz 3.1.1.
Consideré que en el lenguaje de un dios toda la palabra enunciaría esa infinita concatenación de los hechos, y no de un modo implícito, sino explícito, y no de un modo progresivo, sino inmediato.