2.En cambio, en el presente asunto, los autores sometieron su caso a la primera instancia de examen independiente que podía entender de éste, el Tribunal de Revisión de Asilo y Refugio, y posteriormente lo retiraron.
3.Sobre la admisibilidad del caso, aunque el letrado describe la solicitud al Tribunal de Revisión de Asilo y Refugio como "aparentemente retirada por los solicitantes", sostiene que la actuación se refería a la condición de refugiados.
4.Al retirar los autores la demanda presentada ante el Tribunal de Revisión de Asilo y Refugio privaron al Estado Parte de toda oportunidad de tratar las reclamaciones de los autores en su propio tribunal administrativo de apelación y por medio de la ulterior revisión judicial.
5.La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) siguió promoviendo la elaboración de reglamentos y leyes nacionales para proteger a los refugiados e impulsando el aumento de la capacidad de la Unidad de Asilo, que depende del Departamento de Inmigración.
6.El Estado Parte señala que, como la familia había retirado la solicitud que había presentado al Tribunal de Revisión de Asilo y Refugio y ante la consiguiente inexistencia de una decisión del Tribunal, el Ministro decidió que la ley no lo autorizaba a adoptar una decisión más favorable.
7.El Grupo de Acción sobre el Asilo y la Migración, resultado del proceso de consultas mundiales del ACNUR, ya ha hecho algunas cosas, sin realizar su potencial.
6.Y hoy precisamente, la presidenta de la Comisión Europea Ursula Von der Leyen ha metido presión para que se cierre el Pacto Europeo sobre Migración y Asilo, que regula el reparto de migrantes entre los 27.