Considerada en el contexto de un acuerdo vertical, esta disposición ilegalizaría las transacciones normales de mercado entre un comprador y un vendedor.
El presente proyecto de artículos se aplica también a la responsabilidad internacional de un Estado por el hecho internacionalmente ilícito de una organización internacional.
El presente proyecto de artículos se aplica a la responsabilidad internacional de una organización internacional por un hecho que es ilícito en virtud del derecho internacional.
El grado de responsabilidad de la organización debería ser mucho menor si el comportamiento ilícito del Estado fue sólo autorizado, pero no solicitado, por la organización.”
La responsabilidad del Estado que ayuda o asiste, dirige y controla, o coacciona a otro Estado se condiciona al conocimiento de las circunstancias del hecho internacionalmente ilícito.
En opinión del Grupo, el derecho internacional no prescribe ningún método específico y exclusivo para evaluar las indemnizaciones por daños resultantes de los actos ilícitos de un Estado.
Según los reclamantes, todas las pérdidas que fueron resultado directo de los actos ilícitos del Iraq deben ser indemnizadas a fin de eliminar todas las consecuencias de tales actos.
Observó que los programas que se limitaban a indemnizar a las víctimas y a sus familias por los daños sufridos eran insuficientes y vulneraban el derecho a la verdad.
Una posible solución es la de que se considere responsable la organización internacional, ya que dirige y controla a un Estado miembro en la comisión de un hecho ilícito.
Habrá que estudiar atentamente los precedentes cuando haya que decidir si se responsabiliza a una organización internacional en caso que obligara a sus Estados miembros cometer un hecho internacionalmente ilícito.
Se le puede plantear directamente, o por conducto de sus subordinados, cualquier denuncia de actos ilícitos o represivos cometidos por funcionarios o autoridades gubernamentales, la cual será investigada a fondo.
Por lo tanto, esos daños escaparían al alcance de la protección diplomática, porque el requisito previo para la protección diplomática es la existencia de un hecho internacionalmente ilícito de un Estado.
Por lo tanto, habría que modificarlo para ajustarlo a los artículos sobre la responsabilidad de los Estados por hechos internacionalmente ilícitos, que apuntan precisamente a poner fin a este tipo de actos.